¿Quién tiene Prioridad de Paso en una Avenida?
Cuando un vehículo ingresa a una Av. desde la derecha: ¿Quién tiene que ceder el paso?
En este artículo te dejamos la respuesta a esta pregunta y todo lo que necesitas saber sobre la Prioridad de Paso en Avenidas.
Primero revisaremos un caso real y la Prioridad de Paso según la Ley Nacional de Tránsito.
Luego abordaremos el mismo caso para ver las diferencias entre la legislación de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Quién tiene Prioridad de Paso entre una Avenida y una Calle?
El derecho de paso es un tema de discusión en cada siniestro, sobre todo si el choque se produce cuando uno de los vehículos involucrados ingresa a una Avenida desde la derecha.
Después del siniestro es muy común que veamos una discusión entre ambos conductores.
Si nos acercamos seguramente escucharemos al conductor que tiene la derecha sostener su prioridad de paso.
Lo mismo hará el conductor del vehículo que circula por la Avenida, ya que aludirá su prioridad por estar circulando sobre una arteria de mayor jerarquía.
En toda ciudad hay esquinas “peligrosas” que son conocidas por tener varios choques similares al que estamos analizando.
Seguramente en cada siniestro podremos escuchar el mismo debate entre los vecinos y demás espectadores del hecho.
¿Quién tiene Prioridad de Paso?
La respuesta a esta pregunta es la que nos resolverá la duda de que Aseguradora se hará cargo de los daños que sufrió el vehículo que tiene el derecho de paso.
Para responderla vamos a ir directamente a la Ley Nacional de Transito (Ley 24.449).
El Artículo 41 de la Ley mencionada es el que habla de las Prioridades:
“Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta”
Luego de marcarnos la prioridad absoluta para el vehículo que circula desde la derecha, el Artículo continúa expresando las 10 excepciones adonde esta prioridad se pierde, pero nada nos dice en esas exclusiones del hecho que estamos viendo (intersección entre una calle y una Avenida).
Según la legislación en este siniestro la prioridad seria para el vehículo que ingresa desde una calle a la Avenida, ya que circula desde la derecha.
Esto no quiere decir que por estar circulando desde la derecha podemos salir a chocar a todo vehículo que se cruza en nuestro camino.
Debemos tener en cuenta que se entiende por prioridad absoluta de la derecha cuando los dos vehículos ingresan a la intersección al mismo tiempo, es decir el impacto es en la parte delantera de ambos vehículos.
Una vez producido el siniestro es muy importante la pericia técnica, entre otras cosas para determinar la velocidad de circulación.
Ya que si el vehículo que circula desde la derecha excede la velocidad permitida, puede perder la prioridad o determinarse que la culpa del siniestro es de ambos conductores (culpa concurrente).
¿Cada siniestro puede tener una resolución distinta?
Si, cada siniestro es distinto, y a pesar de circular por la derecha podemos perder esta prioridad en algunas situaciones.
También debemos saber que la legislación y Jurisprudencia puede ser diferente en algunas Provincias.
Prioridad de Paso en la Provincia de Buenos Aires
La Provincia de Buenos Aires adhiere a la Ley Nacional en su Nuevo Código de Transito (Ley Provincial 13.927, Reglamentación Decreto 532/2009).
Por lo que mantiene la prioridad para el vehículo que circula desde la derecha, fijando también las excepciones mencionadas en la legislación nacional.
Esta norma se mantiene del anterior Código provincial (Ley 11.430), en el Artículo 57 podíamos leer:
“El conductor que llegue a una bocacalle o encrucijada debe en toda circunstancia ceder el paso al vehículo que circula desde su derecha hacia su izquierda, por una vía pública transversal. Esta prioridad es absoluta…”
Al igual que en la legislación nacional hay algunas excepciones adonde se pierde esta prioridad, pero tampoco habla sobre el caso que estamos viendo.
Por lo tanto entre una Avenida y una calle la prioridad en la Provincia de Buenos Aires es absoluta para el vehículo que circula desde la derecha.
Jurisprudencia Prioridad de Paso en la Provincia de Buenos Aires
Un caso sobre la Prioridad de Paso en la Provincia que tránsito por el Juzgado de Primera Instancia, la Cámara de Apelaciones y la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires es: “Flamenco, Ceferino Alfredo contra Giménez, Hugo Daniel. Daños y perjuicios”.
El siniestro que da origen a dicha causa sucede el 19 de noviembre de 2009 en la ciudad de Tres Arroyos.
El señor Ceferino Alfredo Flamenco circulaba por la Avenida San Martín conduciendo una motocicleta marca Kymco, acompañado por su esposa.

Siendo las 11:25 hs., mientras transitaba por la mencionada Avenida en dirección hacia el centro de la ciudad por el lado derecho del carril, al llegar a la intersección con la calle Viamonte, ingresa por esta última arteria un automóvil Gol desde la derecha del conductor de la moto.
El siniestro se produjo sobre el sector central de la intersección de las arterias mencionadas, sobre la mano derecha de la avenida San Martín por donde circulaba la motocicleta.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Tres Arroyos hizo lugar a la demanda que inicio el motociclista.
Condenando al conductor del auto a abonar la suma que indicó, haciendo extensiva la condena a la citada en garantía (Aseguradora del automóvil).
Apelado dicho pronunciamiento por el conductor del auto y su Aseguradora, la Sala I de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial de Bahía Blanca revocó el fallo del primer Juez y, en consecuencia rechazó íntegramente la demanda que había realizado el conductor de la moto.
Por lo cual en esta instancia es el conductor de la moto el que apela el fallo de Cámara, llegando la causa a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, adonde el 30 de mayo de 2018 emite el Acuerdo 2078 para pronunciar sentencia definitiva por cuatro votos contra uno:
“Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se rechaza el recurso extraordinario interpuesto”.
Es decir que mediante este fallo la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechaza la demanda iniciada por el conductor de la moto que circulaba por la Avenida.
Entendiendo que en la Provincia de Buenos Aires la prioridad absoluta de paso es para el vehículo que circula desde la derecha.
Prioridad de Paso en la Ciudad de Buenos Aires
El Código de Transito de la Ciudad de Buenos Aires en el punto 6.7.2 “B” nos dice que:
“en encrucijadas sin semáforo de arterias de igual jerarquía, se debe ceder el paso a aquellos vehículos que cruzan desde la derecha.”
Pero en el punto anterior 6.7.2 “A” dice sobre la Prioridad de paso:
“En encrucijadas sin semáforo de arterias de distinta jerarquía, a los vehículos que circulan por la arteria de más importancia, siendo el orden de prevalencia el siguiente: avenida, calle, pasaje”
Es decir que si el siniestro se da cuando ambos vehículos circulan por calles, la prioridad es para el que circula desde la derecha.
Pero en el caso que estamos viendo la prioridad en la Ciudad de Buenos Aires la tiene el vehículo que circula por la Avenida.
La legislación en CABA prioriza la jerarquía de la arteria por sobre la derecha.
¿En una Avenida quién tiene Prioridad entre una Moto y un Auto?
Tanto para la Ley Nacional de Tránsito como para la Jurisprudencia de la Provincia de Buenos Aires la prioridad de paso es para el vehículo que circula desde la derecha, sin importar que sea un auto, una moto o una pick-up.
Más allá de que en la mayoría de los siniestros adonde hay una persona lesionada (generalmente el conductor de la moto) cuando interviene la Policía y la Ambulancia se abre una causa sobre el conductor del vehículo de mayor porte.
Años atrás esa causa indefectiblemente responsabilizaba al conductor del auto o pick up, obligando a su Aseguradora a resarcir los daños del conductor de la moto.
Eso cambio en los últimos años como vimos en el caso judicializado en la Provincia de Buenos Aires.
Ahora muchos Jueces o como en este hecho la Suprema Corte de Justicia de la Provincia falla dando la prioridad al vehículo que circula desde la derecha.
Conclusión
Ahora que conocemos quien tiene prioridad de paso en las Avenidas, seguramente vamos a coincidir en que es muy importante circular con precaución
También debemos disminuir la velocidad en las intersecciones.
Este cuidado también lo debemos tener cuando estamos circulando desde la derecha.
A pesar de que en la mayoría de los siniestros no tendremos la responsabilidad.
Pero hay excepciones que si no las tenemos en cuenta antes de ingresar a la intersección, harán que el seguro del tercero rechace nuestro reclamo.
En estos casos podemos terminar pagando la reparación de nuestro vehículo.
Este hecho no lo debemos desconocer, sobre todo con el valor de la mano de obra y los repuestos.
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